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SANTO DOMINGO.- La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la provincia Santo Domingo ordenó a la empresa norteamericana Dell Computer Corporation cesar sus operaciones en República Dominicana.
Con esa decisión, la compañía Xolusat, S.A, mantiene la representación y distribución de esa marca en el territorio nacional.
La orden del tribunal permite a Xolusat, S.A. seguir con la marca y ofrecer servicios a sus clientes en el país desde hace varios años, e implica una garantía de los derechos adquiridos establecidos en la Ley 173, de Representantes y Distribuidores de Mercaderías y Productos.
Xolusat S.A, había demandado a la Dell Computer Corporation ante los tribunales del país, porque la transnacional, de manera unilateral, y sin causas justificadas, violentó el acuerdo de representación comercial, desplazando del mercado a la compañía local. Ante esa violación contractual, Xolusat S.A interpuso una demanda ante los tribunales del país y reclamó el cumplimiento del contrato de representación exclusiva.
La Cámara Civil y Comercial rechazó las “conclusiones incidentales” planteadas por Dell Computer Corporation de “excepción de incompetencia, nulidad e inadmisibilidad”, de la demanda presentada por Xolusat S.A, y en cambio acogió la demanda sobre el reconocimiento de derecho y cese de actividad por parte de la transnacional Dell, la cual operaba el mercado local en lugar de Xolusat S.A. El alegato de la Dell en audiencia fue que no existe ningún mandato para que Xolusat la represente aquí. Xolusat presentó su registro X-002 de representación de empresa extranjera certificado en el Banco Central, el cual no ha sido cuestionado por las partes.
La sentencia reconoce el derecho de Xolusat, S.A. de distribución exclusiva de los productos de la Dell, según consta la Corte en el Ordinal quinto, que “ordena la ejecución provisional de la presente ordenanza no obstante cualquier recurso.”
La Dell Computer había sido condenada por otro tribunal, por violar la ley 173 en perjuicio de Xolutiva, pero se declaró en rebeldía ante dos citaciones que en ocasiones le hizo la Cámara de Comercio para iniciar un proceso conciliatorio.
Además de rescindir el contrato con su representante Xolutiva, S.A, la Dell violentó el acuerdo comercial vigente desde 1997 y no otorgó a la empresa local la compensación acostumbrada en este tipo de casos, entrando en violación a la ley 173 del 1966, “Sobre Protección a los Agentes Importadores...”.
PÉRDIDAS
Incumplimiento de ley
La empresa dominicana Xolusat alegó que perdió negocios por un valor de RD$183.4 millones con un conjunto de empresas locales, un monto de RD$5.7 millones por las indemnizaciones laborales, RD$15.8 millones en inversiones en infraestructuras, RD$21.7millones, por inventario.
Además pérdidas de RD$181.1 por el monto de los beneficios brutos durante la representación, RD$72.4 por exceder cinco años de representación de Dell en el país, para un total RD$497 millones que requiere como indemnización solicitadas por Xolutiva.
Hasta 1997, la Dell World Trade L.P., era desconocida en el mercado dominicano, y penetró el mercado, a través de su Concedente. Solamente en promoción, Xolutiva informa que invirtió RD$ 16.6 millones.
Xolutiva, S.A., demandó por daños y perjuicios y violación de sus derechos como Concedente de Dell para la distribución de productos y servicios con esa marca en el mercado nacional, y pidió RD$300 millones, de los cuales, el tribunal condenó a la empresa norteamericana a pagar RD$116.5 millones a Xolutiva.
14 noviembre 2007
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