El Instituto Dominicano de las
Telecomunicaciones (INDOTEL) inició en la Universidad Autónoma de Santo Domingo
(UASD),una amplia jornada de orientación sobre los derechos y deberes de los
usuarios del mercado de las telecomunicaciones, el que según se afirmó,
registróun crecimiento durante el 2012, de más de 843 mil suscripcionesen contratos
de servicios de Internet y8 millones 934 mil 196 líneas de teléfonos móviles.
La actividad, que congregó a cientos
de estudiantes universitarios en el Aula Magna de la UASD, fue organizada por
la Gerencia de Protección al Usuario del INDOTEL, a través del Departamento de
Orientación al Usuario, y la coordinación de la Vicerrectoría de Extensión de
la más vieja universidad de América, a cargo del licenciado Francisco Terrero
Galarza.
La charla fue impartida por las
licenciadas Teresa Concepción, encargada del Departamento de Orientación al
Usuario (DOU), y Ana Irma Olivo, Coordinadora de Orientación al Usuario, por
iniciativas del presidente del INDOTEL, licenciado Carlos Amarante Baret; la
directora ejecutiva, licenciada Teresita Bencosme de Ureña, y la gerente de
Protección al Usuario, licenciada Cecilia Alcántara López.
Las licenciadas Concepción y Olivo trataron
sobre la instancia, motivos, procedimientos y plazos de los reclamos; así como
los derechos, deberes y principales resoluciones y reglamentos que rigen las
relaciones usuarios-prestadoras en el sector de las telecomunicaciones del
país.
Señalaron que la protección de los
derechos y deberes de los usuarios está garantizada pormás de nueve
resoluciones y el Reglamento General de Servicio Telefónicoemitidas por el
INDOTEL, órgano regulador de las telecomunicaciones creado mediante la ley
153-98 del 20 de mayo del año 1998.
Las técnicas del INDOTEL partieron para
justificar la necesidad de orientar a los usuarios, del crecimientomostrado por el mercado de las
telecomunicaciones en la República Dominicana, indicando que solo durante el
año 2012 se registraron 8 millones 934 mil 196 líneas de teléfonos móviles.
Dijeron que igualmente ese año se
registraron 2 millones 054 mil 905 suscripciones de Internet; 423 mil 838
suscripciones de televisión por cable; 45 mil 328 líneas IP (Protocolo de
Internet) y un millón 024 mil 882 líneas telefónicas fijas.
Manifestaron que entre las medidas
adoptadas por el INDOTEL para proteger a los usuarios y regularizar el mercado
telefónico,se destaca el Reglamento General de Servicio Telefónico, que establece
el pago de créditos por casos de interrupciones, específicamente las averías
masivas, la falta de calidad y los problemas en la red, entre otros.
Explicaron que en primer lugar, el
usuario tiene que elevar su reclamo ante la prestadora con quien ha contratado
el servicio; luego, en segundo lugar, acudir al INDOTEL si no está conforme con
el tratamiento o respuesta recibida de la empresa.
Concepción y Olivo indicaron que los
usuarios pueden hacer reclamos por problemas de facturación, señales borrosas,
activación, cancelación de servicio, traslado, suspensión o corte, averías,
intermitencias, calidad del servicio, dilación en la corrección de avería y
dilación en la recepción de quejas, entre otros.
Las funcionarias del INDOTEL
precisaron, asimismo, que las reclamaciones son gratuitas y que se pueden hacer
por teléfono, personalmente o mediante otra vía, siempre permitiendo obtener
constancia de haber realizado el reclamo. Además, el usuario podrá ser
representado por un representante designado mediante un poder y no será
obligatoria la presencia o intervención de abogados.
Según las especialistas, los usuarios
tienen 45 días para la presentación de la reclamación por ante la prestadora;
30 días por facturación y 20 días para casos de contratación, instalación,
activación, traslado, suspensión o corte, retiros y averías, calidad del
servicio y otros.
Igualmente, los usuarios tienen
derecho a ser informado sobre el procedimiento y tiempo requerido para atender
solicitudes relacionadas con el servicio; a que la facturación del servicio se
ajuste a las tarifas vigentes y a lo consumido; a ser informado sobre todas las
consecuencias que se deriven de no pagar el servicio en el tiempo establecido,
a recibir la facturación en el tiempo apropiado y a la confidencialidad de la
información individual que surja de la relación con su prestador, salvo orden
escrita de una autoridad competente.
Las licenciadas Concepción y Olivo precisaron,
igualmente, que el usuario tiene derecho a no pagar la porción de la factura
sujeta a reclamo; a la no suspensión del servicio, por parte de la prestadora,
mientras dure el proceso de reclamación; a contratar servicios con distintas
prestadoras de manera simultánea, y el derecho de recurrir ante el INDOTEL,
cuando, luego de reclamar ante la prestadora, la solución dada no le sea
satisfactoria.
En cuanto a los deberes, los usuarios
tienen que pagar por el consumo del servicio dentro del plazo establecido; usar
correctamente el servicio, no revenderlo sin la autorización de la prestadora y
no remover, obstruir, reparar, reformar, cambiar o alterar las instalaciones
internas y/o externas, sin el consentimiento de la prestadora.
También, los usuarios no pueden
efectuar conexiones o instalaciones para obtener en forma fraudulenta el
suministro del servicio.
Concepción y Olivo detallaron que el
INDOTEL ha emitido más de nueve resoluciones, entre las que destacan la
número 026-00 que crea el Centro de
Asistencia al Usuario (CAU) y número 036-00 que sanciona las interceptaciones
ilegales de las telecomunicaciones en la República Dominicana, y el
Reglamento General de Portabilidad
Numérica.
Asimismo, las resoluciones que
reglamenta el suministro de información por las prestadoras a los usuarios de
los servicios de telecomunicaciones y la publicación de sus ofertas, con la
finalidad de preservar el derecho de los usuarios a elegir libremente; la que
crea el Reglamento Orgánico Funcional de los Cuerpos Colegiados y la que crea
el reglamento sobre la autorización judicial para la vigilancia e
interceptación electrónica de comunicaciones.
Destacaron la emisión y reciente modificación
del Reglamento General de Servicio Telefónico que da garantías en torno a las
ofertas publicadas por las prestadoras, además de que “las cláusulas abusivas
se reputarán como no escritas o inaplicables en los contratos que realicen los
usuarios con las prestadoras.
“Solo podrán estar sujetos a periodos
mínimos los contratos en los cuales las prestadoras ofrezcan al usuario
subsidio de equipos terminales y descuentos, rebajas o exoneraciones en las
tarifas vigentes del servicio”, establece dicho Reglamento según explicaron las
licenciadas Concepción y Olivo.
Apuntaron que la jornada de charlas
dirigida a estudiantes universitarios continuará en otras universidades con el
objetivo de orientar sobre los temas de protección al usuario en materia de
derecho y deberes en los servicios de telecomunicaciones en el país.
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